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Representante legal de una empresa peruana descargando el certificado de vigencia de poder desde la sede digital de Sunarp
normativa
⏱️ 7 min de lectura

Vigencia de poder automática en Sunarp: qué cambia desde el 1 de octubre

Sunarp emitirá el certificado de vigencia de poder al instante desde el 1 de octubre. Los cuatro requisitos, el canal Vigencia Express y cómo se verifica.

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Quien haya tenido que presentar una vigencia de poder a última hora para una licitación, una firma de contrato o la apertura de una cuenta bancaria conoce la escena: el plazo corre, el certificado no llega, y el trámite depende de la cola de atención del registro.

Eso cambia el 1 de octubre de 2026. Mediante la Resolución N.° 00212-2026-SUNARP/SN, la Sunarp aprobó la emisión automatizada del Certificado de Vigencia de Poder de Personas Jurídicas, con entrega inmediata cuando se cumplen determinadas condiciones.

Qué es el certificado de vigencia de poder

Es el documento con el que una persona jurídica acredita que el poder inscrito de su representante sigue vigente a la fecha de la consulta: que la facultad existe, que está registrada y que no ha sido revocada.

Se exige en prácticamente cualquier operación donde alguien firma en nombre de una empresa: procesos de contratación con el Estado, apertura de cuentas, operaciones de crédito, compraventas, contratos con clientes corporativos y trámites notariales.

No es un trámite menor. Es la pieza que responde a la pregunta «¿esta persona puede obligar a esta empresa?».

Qué cambia: dos canales

La resolución habilita la emisión automatizada por dos vías:

Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL). El canal en línea que ya existía, ahora con emisión inmediata para los casos que califican.

Vigencia Express. Un canal nuevo, y el más interesante por un detalle operativo: permite obtener el certificado directamente desde la sede digital de la Sunarp, sin necesidad de crear previamente un usuario y contraseña.

Ese detalle elimina el punto donde más solicitudes se caen: el registro previo. Quien necesita el certificado una vez al año, con urgencia, ya no tiene que crear una cuenta antes de poder pedirlo.

Los cuatro requisitos de la emisión inmediata

Aquí está la letra pequeña, y conviene leerla antes de asumir que el certificado llegará al instante. Los requisitos son concurrentes: se deben cumplir todos a la vez.

#Requisito
1Que la partida registral tenga un solo asiento
2Que no existan títulos pendientes de inscripción
3Que el cargo tenga duración indefinida o indeterminada
4Que se haya expedido previamente un certificado de vigencia de poder

El cuarto es el que más conviene anticipar: la vía inmediata está pensada para partidas que el registro ya procesó antes. Si es la primera vez que tu empresa pide una vigencia de poder, probablemente no entres por la vía express.

El tercero también merece atención. Muchos estatutos fijan mandatos por periodos determinados —dos años, tres años, renovables—. Si el cargo de tu representante tiene plazo, ese caso queda fuera de la emisión automática.

Si no cumples los requisitos

No pasa nada grave: la solicitud se deriva al área de publicidad registral correspondiente para su atención por la vía ordinaria. No se rechaza, simplemente no es inmediata.

En términos prácticos, eso significa planificar. Si tu empresa tiene una licitación con fecha, conviene verificar con anticipación si la partida califica para la vía express o si toca contar los días del trámite regular.

Cómo se verifica que el certificado es auténtico

El documento se emite con firma digital de la Sunarp e incorpora dos elementos de verificación:

  • Un Código de Verificación Digital (CVD).
  • Un código QR.

Cualquier tercero que reciba el certificado —un banco, una contraparte contractual, una entidad del Estado— puede comprobar su autenticidad con esos elementos, sin llamar al registro ni pedir una copia legalizada.

Es el mismo principio que sostiene cualquier documento firmado digitalmente: la validación no depende de que el papel «se vea oficial», sino de que la firma criptográfica resista la comprobación. Si te interesa el fundamento, lo desarrollamos en firma electrónica vs. firma digital.

El detalle técnico: un agente automatizado firmando por el Estado

Hay una línea de la resolución que pasa desapercibida y que dice bastante sobre hacia dónde va la gestión documental en Perú.

El certificado no lo firma un registrador uno por uno. Lo firma la Sunarp mediante un agente automatizado: un certificado digital emitido a nombre de la entidad y configurado para firmar documentos de forma desatendida, sin que una persona intervenga en cada emisión.

Es la misma tecnología que usan las empresas que emiten documentos en volumen —comprobantes, constancias, reportes, certificados internos— y que no pueden depender de que alguien inserte un token y escriba un PIN cientos de veces al día. Un certificado de agente automatizado resuelve exactamente ese escenario: firma de sistema a sistema, con trazabilidad y validez jurídica.

Que el propio registro público adopte ese modelo para un documento de esta importancia es una señal razonable de madurez de la tecnología.

Qué hacer antes del 1 de octubre

Tres verificaciones que toman poco y evitan sorpresas:

  1. Revisa tu partida registral. Cuántos asientos tiene y si hay títulos pendientes de inscripción.
  2. Revisa el plazo del cargo. Si el poder de tu representante tiene duración determinada, la vía express no aplicará.
  3. Confirma si ya te expidieron una vigencia antes. Es el requisito que más solicitudes deja fuera de la vía inmediata.

Y una recomendación de fondo: la vigencia de poder acredita quién puede firmar. El paso siguiente —que esa persona firme efectivamente con validez jurídica plena— requiere un certificado digital de persona jurídica a nombre del representante. Son dos piezas del mismo expediente, y llegar con una sin la otra suele significar volver a empezar.

Cuando el documento lo firman varias partes, además, el orden importa: lo explicamos en qué pasa si varias personas deben firmar el mismo documento.

Fuentes


En Girasol somos Entidad de Certificación y Registro acreditada ante INDECOPI. Si tu empresa necesita firmar con la misma validez con la que ahora firma el registro: